Condona Gobierno de Oaxaca pago por Aclaraciones de Actas durante agosto

MATÍAS ROMERO.-

Alexis Alarcón

El Gobierno del Estado a través de la Dirección del Registro Civil lleva a cabo el Programa de Aclaración de Actas de nacimiento, matrimonio y defunción, con la condonación del 100 por ciento para personas de 40 años en adelante.

Esta iniciativa se realiza en las 151 oficialías de la entidad para beneficiar a las personas que en sus actas tengan algún error ordinario ortográfico, lingüístico o mecanográfico, informó en exclusiva para El Sol de la Región el Lic. LicEmmanuel Martínez García, oficial del Registro Civil en Matías Romero Avendaño.

Asimismo, el funcionario destacó que se podrán corregir los errores de escritura e inversión de apellidos en su documento, así como la falta de datos no esenciales, cuya deducción sea posible en razón a los demás datos existentes en el acta.

“La condonación de estos servicios es al 100 por ciento, la ciudadanía puede acudir a la Oficialía del Registro Civil de Matías Romero, que se ubica en Iturbide No. 603 Col. Centro, Matías Romero Avendaño, en un horario de 08:00 a 16:00 horas, para realizar el trámite y recibir orientación sobre cómo hacerlo. Esto representa un ahorro importante para beneficiar a las familias oaxaqueñas”, dijo.

Este beneficio que concluye el 30 de agosto, contempla las aclaraciones por uso, que consiste en agregar un primer o un segundo apellido al nombre ya existente en el acta de nacimiento, tramitada por uno de los progenitores, y donde la persona beneficiaria compruebe el uso de ambos apellidos.

 Los requisitos para la Aclaración de Acta son: Documento original o copia del acta que se pretenda aclarar, tener 40 años cumplidos al momento de realizar el trámite, presentar identificación oficial (INE, pasaporte o cédula profesional), realizar la solicitud del programa en la oficialía más cercana, presentar documentos públicos y privados, y constancia de origen y vecindad expedida por la autoridad municipal de ser necesario. El trámite es personal.

En caso de que la aclaración sea por uso, deberá anexar tres documentos públicos: INE, cartilla del Servicio Militar, certificado de estudios, cartilla del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cartilla del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pasaporte, copias de las actas de algunos de sus hijas e hijos, acta de matrimonio y tres documentos privados como pueden ser recibo de consumo de energía eléctrica, de agua o teléfono, entre otros, los documentos pueden variar según la aclaración lo requiera.

Aclaraciones de Actas durante agosto

MATÍAS ROMERO.-

Alexis Alarcón

El Gobierno del Estado a través de la Dirección del Registro Civil lleva a cabo el Programa de Aclaración de Actas de nacimiento, matrimonio y defunción, con la condonación del 100 por ciento para personas de 40 años en adelante.

Esta iniciativa se realiza en las 151 oficialías de la entidad para beneficiar a las personas que en sus actas tengan algún error ordinario ortográfico, lingüístico o mecanográfico, informó en exclusiva para El Sol de la Región el Lic. LicEmmanuel Martínez García, oficial del Registro Civil en Matías Romero Avendaño.

Asimismo, el funcionario destacó que se podrán corregir los errores de escritura e inversión de apellidos en su documento, así como la falta de datos no esenciales, cuya deducción sea posible en razón a los demás datos existentes en el acta.

“La condonación de estos servicios es al 100 por ciento, la ciudadanía puede acudir a la Oficialía del Registro Civil de Matías Romero, que se ubica en Iturbide No. 603 Col. Centro, Matías Romero Avendaño, en un horario de 08:00 a 16:00 horas, para realizar el trámite y recibir orientación sobre cómo hacerlo. Esto representa un ahorro importante para beneficiar a las familias oaxaqueñas”, dijo.

Este beneficio que concluye el 30 de agosto, contempla las aclaraciones por uso, que consiste en agregar un primer o un segundo apellido al nombre ya existente en el acta de nacimiento, tramitada por uno de los progenitores, y donde la persona beneficiaria compruebe el uso de ambos apellidos.

 Los requisitos para la Aclaración de Acta son: Documento original o copia del acta que se pretenda aclarar, tener 40 años cumplidos al momento de realizar el trámite, presentar identificación oficial (INE, pasaporte o cédula profesional), realizar la solicitud del programa en la oficialía más cercana, presentar documentos públicos y privados, y constancia de origen y vecindad expedida por la autoridad municipal de ser necesario. El trámite es personal.

En caso de que la aclaración sea por uso, deberá anexar tres documentos públicos: INE, cartilla del Servicio Militar, certificado de estudios, cartilla del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cartilla del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pasaporte, copias de las actas de algunos de sus hijas e hijos, acta de matrimonio y tres documentos privados como pueden ser recibo de consumo de energía eléctrica, de agua o teléfono, entre otros, los documentos pueden variar según la aclaración lo requiera.

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